El TSJ de Andalucía anula varios preceptos de la Junta sobre promoción con suspensos

La Consejería andaluza de Educación ha subrayado que la sentencia del TSJA sobre las órdenes de currículo de Andalucía solo anula los "preceptos impugnados" que se refieren a la forma en la que deben adoptarse las decisiones del equipo docente para la evaluación final.
EfeMiércoles, 2 de April de 2025
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El Gobierno andaluz ha defendido que la Lomloe, "menosprecia la cultura del esfuerzo, enviando un mensaje muy negativo al alumnado" con la posibilidad de promoción sin límites de suspensos.

En un comunicado, Educación aclara que esta sentencia “no anula” las órdenes de 30 de mayo de 2023, de la Consejería de Desarrollo Educativo y FP, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a Primaria, Secundaria y Bachillerato, sino los “preceptos impugnados”. Éstos tienen que ver con una valoración técnico-jurídica sobre si se ajusta a Derecho que la normativa autonómica contemple la exigencia de que las decisiones que ha de adoptar el equipo docente para la evaluación final, la promoción y la titulación del alumnado sea adoptada por una “mayoría cualificada de dos tercios”, frente a la normativa estatal que dispone que “las decisiones serán adoptadas de forma colegiada por el profesorado del alumno o alumna”.

La introducción en la normativa andaluza de que las decisiones de evaluación, promoción y titulación del alumnado deben adoptarse por una mayoría cualificada de dos tercios respondió a una demanda de los centros educativos, que de esta forma disponían de mayores garantías jurídicas y criterios más objetivos, por tanto también de igualdad para el alumnado independientemente del centro en el que desarrolle sus estudios, subraya el comunicado.

El Gobierno andaluz ha defendido que la Lomloe, “la ley orgánica aprobada sin consenso por el Gobierno de España en diciembre de 2020, menosprecia la cultura del esfuerzo, enviando un mensaje muy negativo al alumnado” con la posibilidad de promoción sin límites de suspensos, una circunstancia que no significa que el alumno apruebe y mucho menos que adquiera las competencias necesarias, que es realmente lo trascendente. Recuerda que Andalucía ha logrado incrementar en diez puntos la tasa de titulación en la ESO con una normativa que determina de forma más clara y precisa las condiciones para el desarrollo de las sesiones de evaluación del esfuerzo del alumnado, con un marco para garantizar que los estudiantes han alcanzado realmente las competencias que se requieren.

La Junta lamenta que el Gobierno de España no ha atendido ninguna de las solicitudes de convocatoria de la Conferencia Sectorial que ha hecho Andalucía, se ha negado a flexibilizar los fondos europeos para beneficiar a las familias andaluzas con la gratuidad del primer ciclo de Infantil conforme al modelo andaluz y no ha atendido la petición de financiar la gestión de becas como sí hace con Cataluña, ha denunciado.

El fallo del TSJA anula tres órdenes del Gobierno andaluz aprobadas para pedir una “mayoría reforzada” de dos tercios entre los profesores para que un alumno pase de curso u obtenga el título teniendo suspensos y una vez cumplidas las dos repeticiones de curso máximas en Primaria y Secundaria que establece la nueva ley. La medida la anunció en febrero de 2023 la que era consejera de Desarrollo Educativo, Patricia del Pozo, fijaba esa mayoría reforzada en los casos en los que no se diera un acuerdo mayoritario entre sus profesores.

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