El País Vasco asume la recaudación y gestión del seguro escolar
Pedro Sánchez y el lehendakari Imanol Pradales antes de la Comisión Bilateral de Cooperación Permanente.
Este es otro de los acuerdos alcanzado en la Comisión Bilateral de Cooperación Permanente, presidido por Pedro Sánchez y el lehendakari Imanol Pradales. En 2020 se transfirió a Euskadi la asistencia sanitaria derivada del seguro escolar y ahora se completa el traspaso de la gestión de las prestaciones económicas del mismo, que son las siguientes:
–Indemnizaciones por infortunio familiar: Tiene como fin facilitar la continuidad de los estudios cuando el fallecimiento del cabeza de familia o la ruina o quiebra familiar dificultan la posibilidad de que el estudiante prosiga sus estudios. La cuantía es de 86,55 euros anuales hasta que acabe la carrera (sin repetir) y se extingue a los 28 años. En el caso de familias numerosas se eleva a 103,85 euros anuales y en caso de familias numerosas de categoría especial a 129,82 euros anuales.
–Indemnizaciones y pensiones por incapacidad en caso de accidente: en caso de incapacidad permanente y absoluta se abona una indemnización que oscila entre 150,25 euros y 601,01 euros, fijada proporcionalmente al tiempo de estudios ya realizados y a la disminución de la capacidad. En caso de gran invalidez una pensión vitalicia de 144,24 euros anuales.
–Indemnizaciones por fallecimiento del estudiante: En caso de muerte por accidente se abona a los familiares 30.05 euros en concepto de gasto de sepelio (aunque si hubiera fallecido en lugar distinto del de residencia familiar se puede elevar hasta 120,20 euros). Además, si dejase esposa, hijos, ascendientes directos mayores de 65 años o incapacitados para todo trabajo, se concederá a éstos un capital de 300,51 euros.
El traspaso permitirá la asunción por parte del País Vasco de las funciones para la gestión del régimen económico de la Seguridad Social (TGSS) en lo que al seguro escolar se refiere. Por tanto, por primera vez el Gobierno vasco asumiría una función de la TGSS.
