Cómo tratar el tema del aborto en clase

Una de las cuestiones relacionada con la biología más discutida en estos últimos años es si un embrión humano es o no es un ser humano y si, por lo tanto, se puede o no eliminar impunemente. Este artículo se ha escrito con el objetivo de ayudar al profesorado a conocer lo que nos dice la ciencia sobre este tema.
Antonio JimenoViernes, 10 de October de 2025
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Embrión humano de ocho semanas.

En la enseñanza se deben respetar los datos que aporta la ciencia

La omnipresencia de los partidos políticos con sus ideologías y opiniones sobre todos los temas, cada vez resulta más difícil conocer la realidad de las cosas. En los temas científicos la situación es más sencilla, porque solo se han de tener en cuenta aquellas explicaciones que han estado confirmadas por los resultados de los experimentos científicos, no las opiniones que no están basadas en datos comprobables. Una de las cuestiones relacionada con la biología más discutida en estos últimos años es si un embrión humano es o no es un ser humano y si, por lo tanto, se puede o no eliminar impunemente. Este artículo se ha escrito con el objetivo de ayudar al profesorado a conocer lo que nos dice la ciencia sobre este tema.

El inicio de un nuevo ser humano

Aunque lo que sigue es muy complejo, es necesario explicarlo para entender por qué todos los humanos somos distintos e irrepetibles. Empecemos diciendo que el cuerpo de un ser humano adulto, de unos 70kg de peso, tiene unos 36 billones de células, todas ellas con la misma información genética, es decir con el mismo ADN, ya que todas ellas son hijas de su primera célula, el cigoto, que es la célula que se formó tras la fusión de un espermatozoide de su padre y de un óvulo de su madre. El ADN de un espermatozoide no es una sola molécula, sino 23 moléculas de ADN denominadas cromosomas. Cada cromosoma contiene centenares de segmentos, denominados genes, cada uno con información sobre una determinada proteína humana. Entre los 23 cromosomas suman 21.000 genes. En los óvulos sucede lo mismo, por lo que el cigoto contiene 46 cromosomas, 23 heredados del padre y 23 heredados de la madre y contiene 42.000 genes, 21.000 genes heredados del padre y 21.000 genes heredados de la madre.

De lo anterior se desprende que el cigoto tiene dos genes que codifican una misma proteína, uno heredado del padre y el otro heredado de la madre. Estos pueden ser iguales entre sí o presentar ciertas diferencias. Cada vez que se forma un espermatozoide, de cada una de las 21.000 parejas de genes paternos, solo se escoge uno al azar de cada pareja, por lo que es muy improbable que haya dos espermatozoides con los mismos genes. Lo mismo sucede con los óvulos, por lo que es muy improbable que haya dos hermanos con la misma información, es decir con los mismos 42.000 genes, exceptuando el caso de los gemelos univitelinos es decir procedentes de un mismo cigoto.

En cuanto se forma el cigoto, éste se empieza a multiplicar y en tres días ya se forma un embrión de 16 células. Este proceso se continúa a un ritmo altísimo, mucho más alto que en todas las siguientes etapas de la vida y, además, se hace expresándose toda la información que contienen esas células, denominadas células madres embrionarias, ya que deben generar distintos tipos de células para formar todos los diferentes tejidos y órganos y no sólo para formar células de un solo tipo, como hacen nuestras células de individuo adulto. Es decir el cigoto no es un mero proyecto de individuo humano, como puede ser, por ejemplo, el proyecto arquitectónico de un edificio, sino que se trata de una célula viva autónoma, que no para de multiplicarse de forma coordinada para hacer un individuo humano completo.

Este proceso, denominado desarrollo embrionario, es un proceso continuo, es decir un proceso en el que no hay diferencias significativas entre un momento y el siguiente. Por intereses prácticos se dice que hasta la octava semana se hable de embrión humano y que a partir de la novena semana se hable de feto humano. La etapa de embrión humano se define como aquella en la que se forman las estructuras básicas del cuerpo (cerebro, corazón, otros órganos, columna vertebral y extremidades) pero sin alcanzar la forma humana completa. La etapa de feto humano se define como aquella en la que se produce el crecimiento y la maduración de los órganos anteriores, alcanzando la forma humana completa y el inicio de los movimientos. Es evidente que el hecho de reconocer si el embrión ya tiene forma humana o todavía no la tiene es un criterio muy subjetivo y, por lo tanto, no científico. Por todo ello no hay base biológica en la que puedan apoyarse los legisladores para decidir hasta que día el embrión no tiene derechos como persona y, en cambio, que al cabo de unas horas ya si los tenga. En resumen, el cigoto es una célula humana viva, que si se la deja en el útero, acaba dando lugar a un niño o a una niña irrepetibles.

Cuando la mujer embarazada no desea que nazca el feto 

Es una realidad que muchas mujeres embarazadas no desean tener el hijo que llevan en su seno, porque tenerlo les generaría muchos problemas, algunos graves, o simplemente porque no lo quieren tener, sin más. Ellas y otras personas piden que la legislación proteja su derecho a no tenerlo. Esta situación genera una confrontación entre dos derechos, los derechos de esas mujeres y los derechos de los no nacidos a vivir. Es evidente que no se puede admitir que ningún deseo ni ningún problema de una persona, por grave que sea, pueda solucionarse matando a alguien. Pese a ello, en la práctica, en muchos países se está permitiendo. En los países democráticos como el nuestro, en los que su Constitución no establece el derecho inviolable a la vida del no nacido, dado que los no nacidos no pueden votar y los adultos sí, incluidos los que se encuentran ante un embarazo no deseado o piensan que un día pueden encontrarse en esa situación, la legislación española permite el aborto, llamándolo interrupción voluntaria del embarazo (IVE). En la actualidad la norma base es la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. Esta ley ha sido modificada por la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, que introdujo cambios en diversos aspectos relacionados con el acceso, los derechos y las prestaciones sanitarias. Lo establecido por ellas es:

  • Aborto libre hasta la semana 14. La mujer puede interrumpir voluntariamente el embarazo sin necesidad de alegar causa si está dentro de las primeras 14 semanas de gestación.
  • El plazo se extiende hasta la semana 22 para los supuestos de grave riesgo para la salud de la embarazada y si hay riesgo de graves anomalías en el feto.
  • El plazo se extiende más allá de la semana 22 si se detectan anomalías fetales incompatibles con la vida, o enfermedades fetales extremadamente graves e incurables, conforme a lo que establezca un comité clínico.
  • Con la reforma de 2023, las jóvenes de 16 y 17 años pueden abortar sin necesidad del consentimiento de sus padres o tutores.
  • El Estado debe garantizar que los servicios de aborto estén disponibles en centros públicos del Sistema Nacional de Salud, de manera gratuita, accesible y lo más próximos posible al domicilio de la mujer, con equidad territorial y con acompañamiento,
  • La mujer tiene derecho a una baja por interrupción voluntaria del embarazo y por menstruación incapacitante, si dicha situación le impide realizar su trabajo, como se le reconoce en el embarazo.
  • Los profesionales sanitarios pueden renunciar a su colaboración con un aborto voluntario alegando motivos de objeción de conciencia.

Estas leyes fueron avaladas en mayo de 2023, por el Tribunal Constitucional, en su sentencia 44/2023 que reconoció la IVE como un derecho “esencial” de las mujeres. Además, el actual gobierno socialista ha anunciado que propondrá una reforma de la Constitución para incluir explícitamente el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, con el fin de protegerlo ante posibles futuros cambios.

El aborto en España

En 2024 en España se practicaron 106.172 abortos voluntarios. Esto representa un aumento del 24,9% con respecto a 2004, es decir en 20 años. En cuanto a la tasa de mujeres que han abortado, en 2024 fue de 12,4 por cada 1000 mujeres, la segunda más alta en los últimos veinte años. En España el aborto es la principal causa de mortalidad infantil de menores de un año ya que todas las demás causas sumadas no llegan a generar 1000 fallecimientos al año.

En cuanto a las diferencias entre comunidades autónomas en número de interrupciones voluntarias del embarazo (IVE) por cada 1000 mujeres, la primera es Cataluña con 14,8 seguida de Baleares con 13,8 y de la Comunidad de Madrid con 13,5. En 2024 en Cataluña se practicaron 21.761 abortos, 586 más que en 2024, lo que significa el 20,5 % del total en España. En cuanto a los motivos, el 94,6% de los casos fue por decisión voluntaria de la embarazada, es decir no por peligro para la vida del feto o de la madre. Cataluña lidera, con mucho, el número de clínicas privadas que se ofrecen para practicar un aborto, los precios medios oscilan entre 300 euros si el feto tiene menos de 12 semanas, 680 euros si tiene 15 o 16 semanas y un precio superior si tiene entre 17 y 22 semanas.

Existen dos métodos para provocar un aborto: el farmacológico y el quirúrgico. El farmacológico consiste en dar una pastilla que debilita el endometrio, que es el revestimiento interno del útero, por lo que se dificulta la llegada de alimento y oxígeno al embrión, así como su fijación; y una segunda pastilla que provoca contracciones uterinas para provocar su desprendimiento. El quirúrgico presenta cuatro variantes según el número creciente de semanas del feto: por aspiración mediante una jeringa, por legrado mediante la introducción de un instrumento con el que se desprende el feto y el endometrio que lo acompaña, por evacuación mediante pinzas que retiran el feto y aspirado del endometrio, y por parto inducido en el que se combinan sustancias que provocan contracciones del útero e instrumentos quirúrgicos.

Una verdad incómoda y su tratamiento

El problema de los embarazos no deseados éticamente no puede solucionarse legalizando el aborto, porque eso significa legalizar la eliminación de individuos humanos, individuos con el mismo derecho a vivir que tenemos los ya nacidos. Si el motivo de no querer tenerlos es de tipo económico, las principales medidas para solucionar esta situación consisten en ayudar económicamente a las madres para que los tengan, en aumentar los días de baja laboral por maternidad, en facilitarles pisos en los que puedan vivir ella y su pareja, etc. Si el motivo es que no los desean, la sociedad ha de hacerse cargo de esos niños, preferiblemente buscando unos padres adoptivos. En España cada año se ofrecen unas 2000 familias para adoptar un niño. Además de por estas razones éticas, que son las principales, una sociedad debe responsabilizarse de los no nacidos por sus propios intereses, ya que los niños son el bien más preciado que tiene una sociedad que quiera sobrevivir.

Si queremos una sociedad con futuro, lo mejor es invertir en que hayan niños y en que reciban una buena educación. No hay que olvidar que la tasa de natalidad de España es una de las más bajas del mundo y que sigue bajando. En 2024 la tasa media de fecundidad en Cataluña fue de solo 1,08 hijos por mujer, en el conjunto de España de 1,12, en Italia 1,20, en Alemania, 1,39 y en Francia 1,66. Cabe recordar que para que una población humana no disminuya las mujeres han de tener como mínimo 2,1 hijos.

Para revertir la situación legal actual hay que tener en cuenta que como los no nacidos no se pueden defender, su supervivencia depende exclusivamente de nosotros y que, como vivimos en una sociedad democrática, la forma de ayudarles es explicando la realidad de las cosas a las demás personas y así conseguir una nueva ley que los proteja.

Antonio Jimeno es profesor de Biología y Geología

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