El Supremo recuerda que el derecho a la Educación inclusiva para el alumnado con discapacidad es irrenunciable
La Justicia da la razón a la familia de Rubén Calleja y gracias a una sentencia del Tribunal Supremo hecha pública esta semana, abre una vía para que se cumpla el derecho a una Educación inclusiva que garantiza la legislación española y la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas.
Rubén Calleja, un joven estudiante con síndrome de Down, fue expulsado en 2011 del colegio público donde llevaba ocho años estudiando, tras la decisión de un maestro y el respaldo de la Junta de Castilla y León. Su familia se negó a aceptar el traslado a un centro de Educación Especial, lo que desató una larga batalla judicial que incluyó una denuncia de la Fiscalía de Menores en la que acusaba a la familia de abandono del joven y solicitaba que se retirara la patria potestad.
La condena a España del Comité que vigila el cumplimiento de la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, hecha pública en 2020, junto a la sentencia del Tribunal Supremo publicada esta semana, reconocen la vulneración de su derecho a recibir una Educación inclusiva, como el resto del alumnado. El Alto tribunal obliga, además, al Estado a indemnizar a Rubén Calleja y a su familia con 25.000 euros.
“Este fallo del Supremo, emitido 14 años después de que Rubén fuera apartado de su colegio, representa un hito en la defensa de la Educación inclusiva en España”, defiende Alejandro Calleja, un ‘padre coraje’ que ha batallado durante estos años para lograr que la justicia triunfara. En declaraciones realizadas a Plena inclusión, Calleja explica: “Rubén ha dejado un legado para que todas las familias defendamos con la ley en la mano el derecho de nuestros hijos a la Educación inclusiva”, ha dicho.
Juan Rodríguez Zapatero, abogado de la familia desde el inicio del litigio, se muestra esperanzado en que la citada sentencia “marque un antes y un después en la defensa de la Educación inclusiva como un derecho irrenunciable”. “De hecho”, afirma Zapatero, “considero que es una llamada de atención a los poderes públicos para que no obstaculicen este derecho fundamental que viene recogido en los artículos 27 y 49 de la Constitución Española”.
Inés de Araoz, coordinadora del Área Jurídica de Plena inclusión España, apoya estas declaraciones de júbilo, destacando la importancia, que marca la sentencia, cuando recuerda el obligado cumplimiento, por parte de nuestro país, de la Convención de los Derechos de Personas con Discapacidad de Naciones Unidas. “Hoy es un día para recordar. No podemos dar pasos atrás en la extensión de un derecho que garantiza una sociedad más inclusiva e igualitaria”, concluye.
La sentencia confirma que el Estado español incumplió la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, ratificada por España en 2008, al no realizar los ajustes necesarios para su permanencia en el entorno.
